ISSN
El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es un código numérico de ocho dígitos que permite la identificación de las publicaciones seriadas.
Cada número de ISSN está asociado a una sola publicación seriada (un cambio en el título implica un cambio de ISSN). Mientras el título no sufra cambios o variaciones, el ISSN se mantiene y debe imprimirse en cada fascículo, volumen o iteración de la publicación seriada a la que identifica.
España forma parte de la Red ISSN desde 1978, año en que se creó el Centro Nacional Español del ISSN, actualmente integrado en el Departamento de Control Bibliográfico de Revistas de la Biblioteca Nacional.
ISBN
El ISBN (International Standard Book Number) nació en Berlín, a mediados de los años sesenta, siguiendo la iniciativa de editores británicos de numerar los libros, identificarlos, darles una “matrícula” que los individualizara con unos dígitos que identifican al país, editor, título y un dígito de control que valida el código. Se trata de una iniciativa privada de uso público y voluntaria. España se adhiere en 1973, con naturaleza pública dado el régimen político del momento, cuando la producción de libros estaba en los 20.000 al año (actualmente ronda los 100.000).
Desde enero de 2011, la Agencia del ISBN en España está gestionada de forma privada por la Federación de Gremios de Editores de España, por convenio firmado el por el Ministerio de Cultura, el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña y la Federación de Gremios de Editores de España (publicado en el BOE núm. 187 de 3 de agosto de 2010).
Para que se utiliza el ISBN
El ISBN es un número de registro que permite la identificación comercial de un libro y de esta forma, facilitar su localización con herramientas informáticas en el canal de distribución y venta del libro. Por este motivo, no tiene sentido solicitar un ISBN para una obra que no va a ser distribuida comercialmente.
Las editoriales profesionales están registradas y gestionan sus ISBN a través de DILVE (Distribuidor de información del libro español en venta).
Los investigadores que deseen editar un libro por sus propios medios, sin el concurso de una editorial profesional, pueden solicitar a la Agencia del ISBN en España un ISBN como autor/editor de una obra. Tradicionalmente este registro se ha venido utilizando en diversos concursos y convocatorias, para la acreditación de sus publicaciones. En este sentido, la Agencia del ISBN realiza las siguientes aclaraciones:
- El ISBN no garantiza la calidad de los contenidos de una obra ya que no es su cometido, además, en el proceso de registro solo se utilizan los datos identificativos de la obra (autor, título, editorial, descripción física, etc.).
- El ISBN no es obligatorio. Desde el año 2009 no es obligatorio consignar el ISBN en las publicaciones, ni siquiera para solicitar el Depósito Legal.
- El ISBN no sirve para proteger los derechos de propiedad intelectual, el mero hecho de publicarla y alternativamente, su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual son el medio por el que se garantiza la protección de la propiedad intelectual.
Procedimiento para la solicitud de un número de ISBN
- Solicitud y pago. El interesado solicita un número de ISBN cumplimentando el formulario de datos personales y de facturación. A continuación, efectúa el pago por el importe correspondiente y recibe la factura de la operación.
- Confirmación. El autor/editor recibirá por correo electrónico la confirmación para acceder a la plataforma ISBN y cumplimentar el formulario de datos bibliográficos de la obra que va a publicar.
- Registro. Si los datos bibliográficos están correctamente cumplimentados, en el plazo comprometido, el autor/editor recibirá en su correo electrónico un aviso sobre la disponibilidad del registro PDF. Si hay errores en los datos, el proceso puede demorarse para su corrección.
- Catalogación. Posteriormente el libro será catalogado por la Agencia y su ficha aparecerá en la Base de datos de libros editados en España (MECD). En su correo electrónico recibirá la confirmación de que la obra ya está
Tarifas
Los servicios por la tramitación del alta y expedición del certificado de ISBN son de pago: 45€ para tramitación ordinaria y 95€ para tramitación urgente.
Propiedad intelectual
El ISSN no está relacionado con los derechos de propiedad de las publicaciones ni de los títulos o cabeceras. La única forma de proteger la propiedad de los títulos o cabeceras es registrarlos en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Depósito Legal
El Depósito Legal es el único trámite legal que afecta a las publicaciones seriadas. Por ello el Centro Nacional Español del ISSN exige como condición para la asignación del ISSN la previa tramitación del Depósito Legal (excepto en el caso de publicaciones seriadas que se editen en Internet).
Tarifas
Su asignación es completamente gratuita.
Depósito Legal
Es un código que se asigna a cada edición y que debe figurar en cada ejemplar como cumplimento de la obligación legal que tienen los editores de efectuar un depósito de un número determinado de ejemplares en la oficina de Depósito Legal con el fin de recopilar y preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital.
¿Quiénes deben realizarlo?
Están obligados a constituir el depósito legal los editores que tengan su domicilio permanente en territorio español, independientemente de donde se realice su impresión.
¿Quién lo solicita?
Están obligados a solicitar el número de depósito legal los editores de una obra publicada en un formato tangible.
¿Qué materiales tienen que llevar Depósito Legal?
- libros y folletos en papel, cualquiera que sea su forma de impresión y estén o no destinados a la venta
- recursos continuados tales como publicaciones seriadas, revistas, anuarios, memorias, diarios, y recursos integrables, como las hojas sueltas actualizables
- documentos electrónicos en cualquier soporte que no sean accesibles libremente a través de Internet.
- copia de los documentos íntegros, en versión original, de toda película cinematográfica, documental o de ficción, realizada por un productor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en el territorio español y un ejemplar del material publicitario correspondiente.
- partituras
- estampas originales realizadas con cualquier técnica
¿Cuántos ejemplares se deben entregar?
Entre tres y cuatro ejemplares dependiendo del tipo de material.
Más información en:
Oficina de Depósito Legal de la Comunidad de Madrid
DOI
DOI (Digital Object identifier) es un sistema de identificación de objetos digitales. El objeto puede ser cualquier entidad digital aunque en el campo de la publicación académica se utiliza para identificar un artículo específico.
La principal ventaja del DOI es que aunque el artículo sea reubicado en una dirección web diferente a la de su publicación original, este seguirá siendo accesible ya que la codificación incluye metadatos que permiten localizar la ubicación en la que se encuentra.
El DOI fue desarrollado por el CNRI (Corporación Nacional para Iniciativas de Investigación), una asociación estadounidense no lucrativa destinada a promover el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación en el campo de la investigación científica. En Europa la agencia encargada del registro de DOI es mEDRA.
Más información sobre el DOI